julio 06, 2011

MODELO DE CALCULO INTERES DE MORA

Recién comienza el tercer trimestre del año 2011 y la Superintendencia Financiera expidió el pasado 30 de junio de 2011 la Resolución 1047, estableciendo en "18.63% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario" y el cual de acuerdo al Decreto 2555 de 2010 será la que se utilice para efectos tributarios, dicha tasa se multiplica por 1.5 y esta dará entonces la Tasa Efectiva Anual de Usura con la cual se calcularan los intereses de mora a que diere lugar las obligaciones tributarias de carácter Nacional, distrital, municipal y departamental de acuerdo a lo establecido por el parágrafo del artículo 635 E.T. (Modificado Ley 1066/06).



Comparto con ustedes así, un modelo que generé en los términos establecidos por la ley 1066 de julio 29 de 2006, con observancia del Concepto 00723 de Febrero 1 de 2007 y la Circular 00069 de Agosto 11 de 2006 emitidos por la DIAN. Fundamentado en su procedimiento de cálculo de acuerdo con lo aplicado en documentos como la cartilla para declaración de Renta P.J. de la DIAN año Gravable 2010.

Aunque en algunos conceptos difiero por aspectos de aplicación de fórmulas financieras como por ejemplo que en años bisiestos se deben calcular sobre 366 y no 365, o del establecimiento de Interés Capitalizables cada mes como lo coloca la DIAN en sus diferentes cartillas, el Modelo está establecido tal cual de acuerdo a los parámetros que coloca la misma DIAN y observa todas sus disposiciones.




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